jueves, 13 de diciembre de 2018

LA SUNAT

¿Qué es la SUNAT?

La SUNAT o Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria es una entidad de la  Administración Pública peruana que pertenece al sector economía y finanzas, creada  por ley Nº 24829 y conforme a su ley general aprobada por el decreto legislativo Nº 501 y la Ley 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT el día 8 de junio de 1988. A pesar de estar adscrita funcionalmente al Ministerio de Economía y Finanzas goza de autonomía económica, administrativa, financiera, funcional y técnica. Su principal función es la administración, fiscalización y recaudación de los tributos internos cuyo sujeto tributario activo es el gobierno central peruano. 



A.     FUNCIONES DE LA SUNAT:
v  Administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepción de los municipales, y desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
v  Recaudar los tributos, para lo cual cuenta con todo un sistema de recaudación bancaria.
v  Prevenir  y detener  la evasión tributaria.
v  Formar conciencia tributaria.
v  Proceder a cobrar coactivamente  a quienes no han cancelado su deuda tributaria.
v  Sancionar a los infractores tributarios.
v  Administrar y controlar el tráfico internacional de mercancías dentro del territorio aduanero y recaudar los tributos aplicables conforme a ley.
v  Facilitar las actividades económicas de comercio exterior, así como inspeccionar el tráfico internacional de personas y medios de transporte, y desarrollar las acciones necesarias para prevenir y reprimir la comisión de delitos aduaneros.

B.      INTENDENCIAS DE ADUANAS
La SUNAT cuenta con 20 Intendencias de Aduana y 3 Agencias Aduaneras, todas ellas son órganos descentralizados.

C.     TRIBUTOS ADMINISTRADOS POR LA SUNAT
Los tributos que administra la SUNAT son los siguientes:


v  Impuesto General a las Ventas.
v  Impuesto Selectivo al Consumo.
v  Impuesto a la Promoción Municipal.

v  Impuesto a la Renta y Régimen Especial de Renta.
v  Régimen Único Simplificado.
v  Impuesto Temporal a los Activos Netos.
v  Impuesto Especial de Solidaridad.
v  ESSALUD.
v  ONP.
v  Derechos Arancelarios.
v  Otros de menor recaudación.


 D.     FACULTADES QUE  POSEE LA SUNAT

v  RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS
La función de la SUNAT es recaudar los tributos, y para ello puso en marcha el Sistema de Recaudación Bancaria, vigente desde julio de 1993. En la actualidad, también se puede declarar y pagar a través de Internet.
v  FACULTAD DE DETERMINACIÓN:
Es función de la SUNAT emitir resoluciones de determinación y son valores a cargo de los contribuyentes en caso de que no hayan calculado o pagado correctamente sus tributos.
v  FACULTAD DE COBRANZA COACTIVA:
Es función de la SUNAT ejercer, a través del ejecutor coactivo (última fase del proceso) el cobro de la deuda tributaria que se le exige al contribuyente o responsable de los tributos.
v  FACULTAD DE FISCALIZACIÓN:
Es función de la SUNAT fiscalizar y esto incluye la inspección, la investigación y el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias; incluso en aquellos sujetos que gocen de inaceptación, exoneración o beneficios tributarios.
v  FACULTAD SANCIONATORIA:
Es función de la SUNAT sancionar las infracciones derivadas del incumplimiento de las siguientes obligaciones:
ü  Inscribirse en el RUC.
ü  Emitir y exigir comprobantes de pago.
ü  Llevar libros y registros contables.
ü  Presentar declaraciones y comunicaciones.
ü  Permitir el control de la Administración Tributaria.
ü  Otras obligaciones tributarias.

E.      ¿QUIÉNES TRABAJAN EN LA SUNAT?
En la  SUNAT trabajan funcionarios y servidores públicos de diversas profesiones y áreas del conocimiento (derecho, contabilidad, economía, administración de empresas, informática, educación, comunicación, etc.). Todos han sido capacitados y especializados en materia tributaria.

F.      REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES
Es un registro computarizado, único y centralizado de los contribuyentes y/o responsables de los tributos que administra la SUNAT. El ingreso a este registro permite la identificación tributaria de las personas inscritas mediante el otorgamiento de un número a cada una de ellas. Es necesario señalar que el número de RUC es un uso obligatorio en toda solicitud, tramite  y en cualquier documento que se presente  ante la SUNAT.

¿QUÉ ES CULTURA TRIBUTARIA?


El tributo es el pago en 
dinero, establecido legalmente, que se entrega al Estado para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de sus fines.
Funciones del tributo
a)       Función fiscal. A través de los tributos se busca incrementar los ingresos del Estado para financiar el gasto público.
b)       Función económica. Por medio de los tributos se busca orientar la economía en un sentido determinado.
c)       Función social. Los tributos son la obligación dineraria establecida por la ley , es decir, los tributos que pagan los contribuyentes retornan a la comunidad bajo la forma de obras públicas, servicios públicos y programas sociales

¿Cómo afecta la evasión de tributos a la sociedad?
La convivencia ciudadana se ve afectada si es que las funciones de la tributación, especialmente la social no se cumplen puesto que el retorno de los tributos a la comunidad bajo la forma de obras públicas, servicios y programas sociales se reducen y, de esta manera, no se facilita ni promueve el desarrollo humano.

¿Qué  es la evasión de impuestos?
Se considera evasión tributaria a cualquier hecho que lleve a cometer u omitir su obligación de declarar totalmente su ingreso, patrimonio, ganancia, venta, con la finalidad de que no sea considerada como parte de la base sobre la que se calcula el impuesto




¿QUÉ SON LOS IMPUESTOS?
Son pagos obligatorios que debemos hacer todas las personas al Estado, en la cantidad y forma que señalan las leyes.
La ley fundamental de nuestro país es la Constitución Política del Perú, en ella se establecen los derechos y obligaciones de sus habitantes y de sus gobernantes. Se trata de la norma jurídica suprema, 
y ninguna otra ley o disposición puede contrariarla. Es en nuestra Constitución Política donde se establece la obligación de los peruanos de contribuir para el gasto público del país, es decir, de pagar impuestos.
En nuestro país existen diversas contribuciones, además de los impuestos, como son los derechos, los aprovechamientos, las aportaciones de seguridad social. Todas están debidamente reguladas por una ley especial.

¿Por qué debo pagar impuestos?

Porque los impuestos son uno de los medios principales por los que el gobierno obtiene ingresos; tienen gran importancia para la economía de nuestro país, ya que gracias a ellos se  puede invertir en aspectos prioritarios como la educación, la salud, la impartición de justicia y la seguridad, el combate a la pobreza y el impulso de sectores económicos que son fundamentales para el país.
El no pagar impuestos impide al gobierno destinar recursos suficientes para cubrir las necesidades de nuestra sociedad, por lo que es fundamental que cumplamos con esta obligación.

LOS TRIBUTOS:

Tributo es el concepto económico o jurídico más amplio que incluye a los impuestos.
Los tributos son todos los pagos que los contribuyentes realizan a la administración para sufragar los gastos de esta.
El impuesto es un tipo de tributo que se satisface cuando se realiza o se cumple el hecho imponible. Ejemplo: en la renta se paga cuando se obtienen ingresos (que es el hecho imponible), o en patrimonio cuando se tiene la propiedad de unos valores que obligan a ello. 

Otros tributos son las tasas: precios público que se satisfacen cuando se solicitan ciertos servicios de la administración. Y las contribuciones especiales: pagos concretos para actuaciones (parecidas a los impuestos) pero que solo se cobran a los beneficiarios de ellas. Ejemplo: el asfaltado de una calle de una urbanización a cargo de los residentes de esa calle.



ACTIVIDADES: 
  • Elaborar una presentación en Power Point sobre el tema



  •  Busca información y pega sobre los comprobantes de pagos.



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